¿Cuándo se Registra Contablemente una Oferta Mercantil o una Orden de Compra? El CTCP Aclara (Concepto 2025-0096)

En el día a día de las operaciones comerciales, las empresas emiten y reciben constantemente ofertas mercantiles y órdenes de compra. Pero, ¿sabes cuándo exactamente estos documentos deben generar un registro en la contabilidad de tu negocio? La respuesta es crucial para asegurar que tus estados financieros reflejen la realidad económica bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Para resolver esta inquietud, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) ha emitido el Concepto 2025-0096, radicado el 25 de marzo de 2025. Este pronunciamiento es fundamental para contadores y empresarios, ya que define el momento adecuado para el reconocimiento contable de estos actos comerciales.


¿Una Oferta Mercantil Genera un Registro Contable Inmediato?

La respuesta del CTCP es que una oferta mercantil, por sí misma, no genera un registro contable inmediato.

Aquí las razones:

  • Acto Unilateral: Una oferta mercantil es, por naturaleza, un acto jurídico unilateral. Esto significa que es una propuesta de una sola parte y, por sí sola, no crea derechos ni obligaciones exigibles entre las partes.
  • No es un Hecho Económico Completo: Según el Marco Conceptual de las NIIF, un registro contable solo procede cuando existe una transacción ya ocurrida (pasada) que haya generado un activo, pasivo, ingreso o gasto, y que cumpla con criterios de reconocimiento (es decir, que sea probable la obtención o transferencia de beneficios económicos futuros y que su valor pueda medirse de forma fiable). Una oferta, por sí sola, no cumple estos criterios.
  • Excepción para Notas: En algunos casos, la oferta podría mencionarse en las notas a los estados financieros si da lugar a compromisos contractuales relevantes, aunque aún no se reconozca contablemente.

¿Cuándo una Orden de Compra Aceptada Implica un Registro Contable?

A diferencia de la oferta, una orden de compra que ha sido aceptada por ambas partes sí puede dar origen a registros contables.

El CTCP detalla los posibles escenarios:

  • Sin Reconocimiento Contable Aún: Si la empresa aún no ha recibido el bien o servicio, ni ha realizado el pago, y no existe una obligación legal o contractual que sea exigible, entonces no procede el reconocimiento contable inmediato. La orden de compra es un compromiso, pero la transacción económica no se ha materializado.
  • Recepción del Bien o Servicio: Si el bien o servicio ya fue recibido por la empresa, es el momento de registrar el activo adquirido y el pasivo correspondiente. Por ejemplo, se registraría en inventarios, propiedades, planta y equipo, o como un gasto por servicios.
  • Pago Anticipado: Si se ha realizado un pago por adelantado (un anticipo) por el bien o servicio, este pago se reconoce como un activo por anticipos hasta que el bien o servicio sea efectivamente recibido. Esto se hace aplicando el principio contable de acumulación o devengo.

En resumen, una orden de compra, al ser un acuerdo vinculante que materializa una oferta, sí puede generar registros contables, pero siempre dependerá de la sustancia económica del acuerdo y de que se cumplan los criterios de reconocimiento establecidos en las NIIF.


¿Por Qué esta Aclaración del CTCP es Importante para tu Negocio?

Este Concepto del CTCP es fundamental para:

  • Precisión Contable: Garantiza que los registros contables de tu empresa se ajusten a las NIIF, reflejando fielmente la realidad económica en el momento correcto.
  • Cumplimiento Normativo: Ayuda a evitar errores en el reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos, lo cual es clave para presentar estados financieros fiables.
  • Toma de Decisiones Informada: Unos registros contables precisos son la base para una correcta toma de decisiones financieras y operativas.
  • Auditorías y Fiscalizaciones: Un adecuado reconocimiento contable previene objeciones en auditorías internas, externas y fiscalizaciones de entidades de control.

¿Cómo Puede Tributar Asesorar a su Empresa sobre el Reconocimiento Contable?

La correcta aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) es un reto constante. Determinar el momento exacto en que una operación debe ser reconocida contablemente, especialmente con documentos como ofertas y órdenes de compra, requiere conocimiento especializado y experiencia.

En Tributar, contamos con expertos en normas contables listos para asistirte:

  • Diagnóstico de Prácticas: Evaluamos cómo tu empresa está reconociendo sus operaciones para asegurar que cumple con las NIIF y los conceptos del CTCP.
  • Asesoría en Reconocimiento Contable: Te guiamos en la correcta aplicación de los criterios de reconocimiento para activos, pasivos, ingresos y gastos derivados de ofertas y órdenes de compra.
  • Optimización de Procesos: Te ayudamos a ajustar tus procesos contables para que sean eficientes y cumplan con la normativa vigente.
  • Soporte en Auditorías: Brindamos acompañamiento y soporte técnico contable ante cualquier revisión.

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