La facturación electrónica en Colombia es un sistema en constante evolución. La reciente Resolución 202 de 2025 de la DIAN introduce cambios significativos que impactan directamente la forma en que tu empresa debe emitir facturas y documentos equivalentes. Si bien algunas modificaciones buscan simplificar procesos, otras añaden nuevas responsabilidades, ¡y la DIAN ha lanzado una clara advertencia sobre la expansión de obligados!
En este blog te desglosamos los puntos clave de la Resolución 202 de 2025, explicando qué ha cambiado en la información del cliente, las implicaciones para las empresas de servicios públicos y la importante alerta sobre la posible masificación de la obligación de facturar electrónicamente. Prepárate para el futuro de la facturación en Colombia y evita sorpresas.
¿Cómo Cambia la Resolución 202 de 2025 los Datos que Pides a tus Clientes?
Una de las novedades más comentadas y que busca simplificar la emisión de facturas es la reducción de los datos del adquirente que se pueden solicitar.
Antes de la Resolución 202 de 2025, para facturar electrónicamente, usualmente necesitas recopilar:
- Nombre completo
- Número de identificación (cédula o NIT)
- Dirección
- Ciudad o Municipio
- Número de teléfono
- Correo Electrónico
Ahora, con la Resolución 202 de 2025, la DIAN ha simplificado esto:
Para emitir una factura electrónica, los datos esenciales y únicos que puedes solicitar al comprador son:
- Nombre o razón social
- Número de identificación (cédula o NIT)
- Correo electrónico (solo si el usuario desea recibir la factura por este medio)
Esta medida busca proteger los datos personales del cliente y agilizar el proceso de facturación, eliminando la necesidad de pedir información no esencial. Sin embargo, es crucial que tu sistema y tu personal estén actualizados para no solicitar datos adicionales innecesarios.
¿Qué Implicaciones Tiene la Resolución 202 de 2025 para Empresas de Servicios Públicos?
La Resolución 202 de 2025 trae cambios específicos y urgentes para las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios:
- Plazo de Envío a la DIAN: ¡Solo 48 Horas!
- Anteriormente, las empresas de servicios públicos tenían un plazo más extendido para enviar el documento electrónico (factura o documento equivalente) a la DIAN.
- Con esta resolución, el plazo se reduce drásticamente a 48 horas a partir del momento de la facturación en sitio. Esto exige una agilidad tecnológica y operativa considerable para asegurar la transmisión y validación a tiempo.
- ¿Es Obligatorio Entregar Documento Físico al Instante?
- Sí, ahora las empresas de servicios públicos deben proporcionar el documento físico (impreso) de la factura o el equivalente en el momento mismo de la lectura o facturación en sitio, independientemente del envío electrónico posterior a la DIAN.
- ¿Se Prohíben Servicios No Aprobados en la Factura?
- Una medida clave de protección al consumidor: la resolución prohíbe que en los documentos equivalentes de servicios públicos aparezcan cobros o servicios que el usuario no haya aprobado o contratado expresamente. Esto busca evitar cargos ocultos o indebidos.
Estos cambios son vitales para las empresas de servicios públicos, ya que el incumplimiento puede derivar en sanciones y reclamaciones de los usuarios.
¿La DIAN Ampliará la Obligación de Facturar Electrónicamente?
Más allá de los ajustes en los datos y los plazos, la DIAN ha emitido una clara advertencia que debe encender las alarmas para muchos:
- Advertencia de Expansión: La entidad fiscal ha indicado que más personas y pequeños negocios podrían verse obligados a facturar electrónicamente en un futuro cercano. Esto significa que la facturación electrónica ya no es solo para las grandes empresas.
- ¿Debo Prepararme Aunque no Esté Obligado Aún?
- Sí, esta advertencia subraya la importancia de que incluso los emprendedores, profesionales independientes y pequeños comerciantes empiecen a familiarizarse con el sistema, evalúen sus ingresos y operaciones, y se preparen para la posible inclusión. La idea es evitar que la obligatoriedad los tome por sorpresa, generando sanciones por desconocimiento o falta de implementación.
La tendencia es clara: la facturación electrónica es el futuro (y el presente) para la gran mayoría de las transacciones comerciales en Colombia.
¿Qué Acciones Debe Tomar tu Negocio ante la Resolución 202 de 2025?
Para garantizar que tu empresa esté al día y evite sanciones, es fundamental tomar acciones inmediatas:
- Contacta a tu Proveedor Tecnológico: Lo primero y más importante es comunicarte con tu proveedor de software de facturación electrónica. Pregúntales si ya han implementado las actualizaciones necesarias que exige la Resolución 202 de 2025 y cuándo estarán disponibles para tu sistema.
- Capacita a tu Equipo: Asegúrate de que tu personal de ventas, atención al cliente y facturación esté al tanto de los nuevos requisitos sobre los datos del cliente que se pueden solicitar.
- Revisa tus Procesos Internos (Especialmente Servicios Públicos): Si eres una empresa de servicios públicos, audita tus procesos de facturación en sitio y transmisión a la DIAN para asegurar que cumples con el plazo de 48 horas y la prohibición de cobros no autorizados.
- Evalúa tu Situación de Obligatoriedad: Si eres un pequeño negocio o persona natural, revisa tus ingresos y operaciones. Mantente atento a los comunicados de la DIAN sobre la ampliación de obligados y, si tienes dudas, busca asesoría profesional.
- Planifica y Anticípate: No esperes a que la DIAN te envíe un requerimiento. La proactividad es tu mejor defensa.
¿Cómo Puede Tributar Ayudarte a Cumplir con la Resolución 202 de 2025?
La normativa fiscal en Colombia es dinámica y compleja. Mantenerse actualizado con cada resolución y cambio es un desafío que puede desviar tu atención de lo que realmente importa: el crecimiento de tu negocio.
En Tributar, somos expertos en normativa tributaria colombiana y facturación electrónica. Estamos al tanto de cada actualización, como la Resolución 202 de 2025, y te ofrecemos la asesoría y el acompañamiento que necesitas para:
- Evaluar el impacto de la nueva resolución en tu operación.
- Asegurarte de que tu proveedor tecnológico cumpla con las últimas exigencias.
- Implementar los ajustes necesarios en tus procesos internos.
- Identificar si tu empresa o negocio se sumará a los nuevos obligados a facturar electrónicamente.
- Evitar sanciones y fortalecer tu imagen empresarial.
No dejes que los cambios en la facturación electrónica te tomen desprevenido. La tranquilidad de un cumplimiento fiscal impecable es una inversión en el futuro de tu empresa.
Actúa Ahora: Protege tu Negocio de Sorpresas con la DIAN
La Resolución 202 de 2025 es una clara señal de que la DIAN sigue avanzando en el control y la digitalización fiscal. Asegúrate de estar un paso adelante.
Contacta a nuestros expertos en Tributar para resolver tus dudas sobre la nueva resolución y garantizar que tu sistema de facturación electrónica esté 100% en regla. ¡Estamos aquí para proteger tu negocio de cualquier sorpresa de la DIAN!